1. Consultar primero al coordinador de documentación y elegibilidad de ciudadanos que retornan, en una de las oficinas del Ministerio de Absorción de Inmigrantes y solicitar un certificado de ciudadano que retorna.
2. Traer la documentación necesaria.
3. Abrir una cuenta bancaria para recibir los pagos.
4. Inscribirse en el Servicio de Empleo para recibir seguro de ingreso.
Documentos necesarios:
Pasaportes de ambos cónyuges que prueban una estadía de por lo menos dos años en el exterior.
Dos fotos pasaportes.
Documento de identidad actualizado (teudat zehut).
En el caso de retorno a Israel de un/a divorciado/a con niños: Veredicto de una corte que de fe de su tenencia legal de los niños que retornaron a Israel y una declaración autenticada por escribano (notario) de la aprobación del cónyuge que quedó en el exterior con referencia a la tenencia de los niños.
En el caso de padres que retornan a Israel por separado con niños, o de padres separados, o en el caso en que no hay veredicto de una corte concerniente a la tenencia de los niños, es necesaria una declaración autenticada por escribano (notario), o una declaración ante un funcionario consular israelí, sobre la aceptación del otro cónyuge que quedó en el exterior de que los niños sean traídos a Israel.
Publicaciones con información para ciudadanos que retornan:
Ministerio de Absorción de Inmigrantes: "Metzpím lejá babáit" (sólo en hebreo)
Guía de aduanas: No. 1, para ciudadanos que retornan y estudiantes.
Guía de aduanas: No. 5, para importación de autos.
Las publicaciones se pueden solicitar en los consulados israelíes en el exterior, o bien de los coordinadores de ciudadanos que retornan en las oficinas del Ministerio de Absorción de Inmigrantes.